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PROGRAMA NUCLEAR

Entran en vigor las nuevas sanciones de la UE contra Irán

28/jul/10 07:46
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EFE, Bruselas

Las nuevas medidas más restrictivas aprobadas por la UE contra Irán por mantener su programa de enriquecimiento de uranio entraron en vigor ayer, tras su publicación en el diario oficial comunitario.

Las sanciones, que recibieron el lunes en Bruselas el visto bueno de los ministros europeos de Exteriores, incluyen las aprobadas en junio por el Consejo de Seguridad de la ONU, en la resolución 1.929, y añaden límites más severos propiamente comunitarios en los ámbitos comercial, del sector financiero, del transporte iraní y de sectores claves de la industria del petróleo y del gas.

Los 27 también acordaron ampliar la lista de personas, entidades y organismos a las que se congelan todos los fondos y recursos económicos, entre ellos entidades financieras como el Banco Internacional de Desarrollo de Venezuela, filial del Export Development Bank de Irán, así como nuevos miembros de los Guardianes de la Revolución y de la Compañía Naviera de la República Islámica de Irán (IRISL).

Las nuevas medidas son desde ayer de obligado cumplimiento para todos los países de la UE.

No sólo castigo

Los socios europeos están de acuerdo en que, en vista de que Irán se niega a cumplir las exigencias de la ONU y la OIEA y replantear su programa nuclear, conviene prohibir las exportaciones de productos y tecnologías que puedan contribuir a actividades relativas al enriquecimiento de uranio.

El objetivo de este tipo de sanciones no es simplemente castigar a Irán sino forzarla a volver a la mesa de negociaciones y encontrar una solución que asegure que su programa nuclear persigue fines exclusivamente pacíficos, según la jefa de la diplomacia europea, Catherine Ashton.

Por ello, según la decisión, los 27 "deben mostrarse cautos" en su apoyo financiero al comercio con Irán para evitar contribuir a actividades nucleares con riesgo de proliferación o al desarrollo de armas.

En materia de aviación civil, los 27 "tomarán las medidas necesarias para evitar" el acceso a los aeropuertos comunitarios de mercancías procedentes de Irán, salvo los vuelos mixtos de pasajeros y carga.

También queda prohibida la prestación de servicios de ingeniería o mantenimiento a aeronaves iraníes por parte de nacionales de la UE si existen "motivos razonables" para creer que transportan artículos cuya exportación está prohibida por Naciones Unidas.

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