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Medio Ambiente exime de evaluación de impacto ambiental las obras de mejora del Complejo Los Morenos en La Palma

28/jul/10 17:38
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Las Palmas de Gran Canaria, Europa Press

El consejero de Medio Ambiente y Ordenación Territorial del Gobierno de Canarias, Domingo Berriel, presidió este miércoles la reunión de la Comisión de Ordenación del Territorio y Medio Ambiente (COTMAC), en Las Palmas de Gran Canaria, donde se ha adoptado la decisión de eximir a las obras de mejora del Complejo Ambiental Los Morenos, en la isla de La Palma, de la evaluación de impacto ambiental.

Esta decisión se ha tomado al considerar que "no provocan efectos ambientales negativos", según informó el Ejecutivo regional en nota de prensa.

Asimismo, en relación con La Palma también se aprobó definitivamente el documento de integración de las actuaciones ACP-2, ACP-5, ACP-9 y ACP-13 al Plan Territorial Especial de Ordenación de la Actividad Turística de la isla y solicitará al Consejo de Gobierno el levantamiento de la suspensión de las actuaciones reseñadas y la propuesta de desestimar las alegaciones presentadas en el periodo de información pública, de acuerdo a los razonamientos recogidos en el acuerdo del pleno del Cabildo de La Palma, de fecha 29 de julio de 2009.

En este sentido, la COTMAC consideró proponer sólo la alegación presentada por la Asociación Asamblea Ecologista de La Palma, relativa a la justificación de la implantación de nuevas infraestructuras y la clasificación de nuevos sectores de suelo urbanizable en la zona de influencia del litoral, de 500 metros de anchura, para dar cumplimiento a la Directriz de Ordenación General 57.4.

PLAN DE ENERGÍA ELÉCTRICA PARA GRAN CANARIA

Por otro lado, la Comisión aprobó, aunque de "forma condicionada", la Memoria Ambiental del Plan Territorial Especial de Energía Eléctrica de Gran Canaria. En el encuentro se informó de forma "favorable" sobre las cuestiones sustantivas territoriales y urbanísticas del documento aunque se establecieron una serie de condiciones, tales como la justificación de la inclusión de los dos proyectos hidroeléctricos entre las presas de Chira y Soria, y Chira-Cueva de Las Niñas. También la COTMAC considera que debe quedar "suficientemente claro" a lo largo de toda la documentación del Plan cuál es el objeto del mismo.

Por otro lado, se aprobó definitivamente el proyecto de actuación territorial para la instalación de una planta móvil para la clasificación, trituración y lavado de áridos, en La Aldea de San Nicolás, también en Gran Canaria.

Este hecho responde a que se ha declarado de interés general y se ha reconocido la necesidad de su implantación en suelo rústico, tramitándose conforme al procedimiento legal y reglamentariamente establecido. La vigencia de este proyecto de actuación territorial es de 10 años y la licencia urbanística tendrá que ser solicitada dentro de los seis meses siguientes a la entada en vigor del proyecto de actuación territorial.

Por otro lado, en la isla de Gran Canaria la COTMAC también ha dado luz verde a la Declaración de Impacto Ambiental (D.I.A) para la ejecución del proyecto de repotenciación del Parque Eólico de La Punta aunque establece una serie de condiciones que aseguran la minimización de los posibles efectos ambientales negativos con el objetivo de que la realización de la actuación propuesta pueda considerarse ambientalmente viable.

Este proyecto consiste en la repotenciación del Parque Eólico de la Punta, localizado en los Llanos de la Punta, junto a la margen izquierda del Barranco de Tirajana. En cuanto al objetivo de dicha actuación se centra en sustituir 11 aerogeneradores ENERCON E-40 de 500 kilovatios cada uno, por 4 aerogeneradores ENERCON E-70 de 2 megavatios cada uno. Se utilizará el centro de control y maniobra existente pero se acondicionará a la nueva potencia entregada.

Sin embargo, la Comisión ha decidido excluir del procedimiento de Evaluación Ambiental la modificación puntual del Plan de Ordenación de San Bartolomé de Tirajana relativo al Plan Parcial de Ampliación I del Castillo del Romeral, ya que indicó que se trata de una "modificación de carácter menor".

Asimismo, también aprobó de forma definitiva la modificación puntual número 32 del Plan General de Ordenación Urbana de San Bartolomé de Tirajana (Plan Parcial Ampliación I Castillo de El Romeral), condicionando la publicación del acuerdo a la subsanación de una serie de deficiencias, como son la necesidad de presentar datos sobre las características de las nuevas parcelas y alineaciones y rasantes, el cumplimiento de la proporción mínima de una plaza de aparcamiento por cada 100 metros cuadrados de edificación, la resolución de la reducción de la superficie de los espacios libres en 27,29 metros cuadrados y la previsión de espacios y lugares adecuados para la ubicación de los contenedores de residuos.

Por ello, la COTMAC ha concedido al Ayuntamiento de San Bartolomé de Tirajana un plazo de tres meses para la subsanación de las deficiencias detectadas.

La COTMAC también informó de forma desfavorable sobre la aprobación definitiva del Plan Especial de Infraestructura Eléctrica del barranco de Tirajana, al acordar de nuevo la aprobación inicial, procedimiento en el que debe constar el trámite de información pública y de consulta a la administraciones sectoriales, además de solicitarse el informe no vinculante al Cabildo de Gran Canaria y a la COTMAC.

Asimismo, la COTMAC informó favorablemente, aunque "con condiciones", sobre el contenido urbanístico del Plan Especial y sobre el Informe de Sostenibilidad Ambiental. Respecto al último documento decidió la inclusión de un inventario "más detallado" de la flora y fauna del ámbito del Plan Especial, así como la indicación de las categorías de protección de las especies de flora y fauna. Además, se puso como condición que el diagnóstico ambiental debe realizarse en base a las unidades de más detalle, además de especificarse los diagnósticos de problemática ambiental preexistente y la probable evaluación del área ordenada en caso de no aplicar el Plan. También se debe completar el diagnóstico de dinámica de transformación del territorio, entre otras consideraciones.

La COTMAC también ha aceptado la petición del Ayuntamiento de Mogán de desestimar el procedimiento del PGO del municipio grancanario; y acordó excluir del procedimiento de Evaluación Ambiental de la modificación puntual del PGO de Telde relativa al ámbito Eucaliptos II y desestimar la aprobación definitiva de dicha modificación.

SUSPENDE LA MEMORIA AMBIENTAL DEL PGO DE ALAJERÓ

En cuanto a la isla de La Gomera, la COTMAC ha suspendido la aprobación de la Memoria Ambiental de la Revisión Parcial del Plan General de Ordenación (PGO) de Alajeró, en el ámbito del SAU-4 Santa Ana-I.

La Comisión justificó esta decisión al "no haber sido consultadas todas" las administraciones afectadas, tales como las consejerías de Industria, Comercio y Nuevas Tecnologías, Agricultura, Ganadería, Pesca y Alimentación, Infraestructuras, Transportes y Vivienda, Turismo y Sanidad y el Consejo Insular de Aguas; así como que la propuesta de Memoria Ambiental sólo analiza una de las tres alegaciones presentadas al plan aprobado inicialmente y que en el contenido de la evaluación ambiental deben exponerse las medidas ambientales, además de contemplar las medias necesarias para garantizar la adecuada calidad ambiental (afección sonora) conforme a la legislación vigente en la materia.

Finalmente, se decidió exonerar del trámite de avance a la revisión parcial del PGO de Alajeró en el sector SAU-4 Santa Ana I, de acuerdo a lo establecido en la disposición transitoria 3ª.4 de la Ley 19/2003 de 14 de mayo (Directrices), tras la redacción dada por la Ley de Medidas Urgentes.

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